
¿Por qué Cabify y Uber tienen la batalla de las VTCs ganada?
La Comisión Europea acaba de aprobar un importante paquete de medidas sobre movilidad en la Unión Europea.
Con ocasión de esas medidas, la Comisión Europea ha hecho público un informe, de septiembre de 2016, sobre “el transporte de pasajeros en taxi, vehículos con conductor y coche compartido en la Unión Europea”. Todo ello coincide con otro informe hecho público por la Dirección General de Transporte y Turismo del Parlamento Europeo, relativo a los retos en la financiación de infraestructuras del transporte en la economía colaborativa.
¿Qué hay de nuevo en todo ello?
La defensa a ultranza que se hace de la competencia como mecanismo para regular la movilidad. En el fondo, nada nuevo para España, cuyas autoridades de competencia (CNMC y ACCO, al frente de todas ellas) ya advirtieron –valientemente- la necesidad de atender al interés público de la competencia, a la hora de afrontar el reto tanto de las plataformas online como de economía colaborativa
Sin embargo, resulta muy relevante que la Comisión Europea subraye lo que ya hace un año ya afirmó en su Comunicación sobre “Una Agenda Europea sobre la economía colaborativa”: que no se pueden imponer restricciones innecesarias o desproporcionadas a las plataformas online.
Por de pronto, cabe hacer el inciso de que las plataformas de conductores con licencias VTC (es decir, de vehículos con conductor, o lo que tradicionalmente se llamaba chófer) no son propiamente plataformas de economía colaborativa, sino plataformas online. Sin embargo, eso no les resta un ápice de legitimidad en su defensa contra el ataque encarnizado del sector del taxi. Pues la cuestión objeto de debate no es la economía colaborativa (de ahí que las recientes conclusiones del Abogado General en el caso UBER les afecten poco), sino que la cuestión de fondo es la competencia.
Pues bien, sobre esta base, la novedad del informe hecho público, es que al referirse a los vehículos con conductor (VTC), subraya que las restricciones del número y proporcionalidad de las licencias VTC respecto de las del taxis son contrarias a la competencia (como ya habían advertido la CNMC y la ACCO).
¿Y por qué es tan relevante esto?
Porque la demanda principal que hace el sector del taxi es que “se cumpla la ley” en cuanto a las licencias VTC.
La cuestión es compleja, porque cumplirse, la ley se cumple, en el sentido de que los conductores de Cabify (desde siempre) y UBER (desde que lanzó UberX) actúan con sus correspondientes licencias VTC.
Sin embargo, lo que realmente piden los taxistas es que se cumpla la restricción de limitar la concesión licencias VTC a la proporción de 1 licencia de VTC por cada 30 de taxi. Resulta interesante tener en cuenta las normas que llevaron a ello:
- la Ley 25/2009 liberalizó el sector, eliminando las restricciones en la solicitud de licencias (art. 134 LOTT);
- la Ley 9/2013 suprimió la libertad del artículo 134 LOTT, pero no dio redacción alternativa; y
- fue finalmente el Real Decreto 1057/2015 el que dio al ROTT la redacción comentada de restringir la proporción de licencias VTC a 1/30 de las del taxi.
¿Qué ocurre?
Que aunque esa proporción se ha cumplido en el momento de concesión de nuevas licencias VTC, fueron muchas las licencias que se solicitaron a partir de la liberalización de 2009. Licencias cuyo número ronda las 3.000 (o incluso se habla de 10.000) y cuya concesión fue recurrida por los taxistas, y ahora se encuentran en el Tribunal Supremo, a punto de ser concedidas a sus solicitantes.
Es decir, que gracias a la liberalización de 2009 y por vía judicial –y legítima- se ha alterado la proporción de 1/30, pero ¡ojo! no por incumplimiento de la ley. Y contra eso, nada pueden hacer los taxistas, por mucho que paren ciudades enteras.
Pues bien, por si todo ello fuera poco, en pleno conflicto –“pataleta”- del sector del taxi, tratando de impedir la competencia de los vehículos con conductor (VTC), ahora la Comisión Europea subraya que ni siquiera es legítimo que España restrinja el número de licencias VTC a 1/30 de taxi, pues esa restricción es ilegal, por ser contraria al derecho –obligatorio- de la competencia.
Esperemos que los políticos tomen nota pronto y eliminen las restricciones injusitificadas para las plataformas online de VTC y, ya puestos, a las plataformas de economía colaborativa. El derecho de la competencia y derecho comunitario les obliga a ello.
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